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Sociedad pública del Gobierno Vasco

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Marco político y legal

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Más información
  • documento pdf Estrategias nacionales europeas
  • documento pdf Normativa 1: Acuerdo sobre incorporación de criterios sociales, ambientales y otras políticas públicas
  • documento pdf Normativa 2: Comunicación interpretativa de la Comisión sobre la legislación comunitaria de contratos públicos
  • documento pdf Normativa 3: LEY 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público
  • documento pdf Normativa 4: LEY 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación
  • documento pdf Normativa 5: ORDEN, de 18 de enero de 2007, por la que se establecen requisitos y criterios ambientales
  • documento pdf Normativa 6: ORDEN PRE/116/2008, por la que se aprueba el Plan de Contratación Pública Verde

Contenido

El Plan de Acción de Producción y Consumo Sostenibles y una Política Industrial Sostenible de la Comisión Europea incluye la Compra y Contratación Pública Verde (CCPV) como una de las herramientas más importantes a fomentar desde las administraciones.

En el ámbito europeo, el objetivo establecido en la Comunicación de la Comisión Europea, sobre compra pública verde para un mejor medio ambiente, es alcanzar un nivel del 50% . A partir de este compromiso marco existen ya numerosas administraciones a escala estatal, regional o local que han incluido la Compra Pública Verde en sus políticas o han asumido compromisos expresos en este ámbito.

Algunos ejemplos destacables son El Reino Unido y su “Sustainable Procurement Action Plan”, Suecia y su “Green public procurement in Sweden” o España y su “Plan de Contratación Pública Verde de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y las Entidades Gestoras de la Seguridad Social”.

Cabe resaltar también el compromiso del Gobierno Vasco en este ámbito a través del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en junio de 2008 sobre la incorporación de criterios sociales, ambientales y otras políticas públicas en la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma y de su sector público y de marcos políticos para toda la Comunidad Auónoma del País Vasco (CAPV) como son el Programa Marco Ambiental de la CAPV 2007-2010 y el Plan Vasco de Consumo Ambientalmente Sostenible 2006-2010.

En cualquier caso, aquellas administraciones que decidan recorrer el camino hacia la ambientalización de sus compras y contrataciones deberán respetar y cumplir el marco legal relacionado, entre otros, la Ley de contratos del sector público (Ley 30/2007 y Ley 31/2007) y el Tratado de la Unión Europea.

Los principios más relevantes de dicho Tratado son:
  • El principio de libertad de movimiento de mercancías.
  • El principio de libertad para proveer servicios.
  • El principio de no discriminación.
  • El principio de trato equitativo.
  • El principio de proporcionalidad.
  • El principio de transparencia.

La nueva ley de contratos ya define claramente dónde y cómo pueden introducirse consideraciones ambientales en los pliegos de contratación. Estas secciones son:

  • Objeto del contrato.
  • Especificaciones técnicas obligatorias y valorables.
  • Criterios de selección de licitadores.
  • Criterios de adjudicación del contrato.
  • Cláusulas de ejecución del contrato.

Con todas las experiencias existentes en este campo actualmente ya está de sobra comprobado que la introducción de criterios ambientales en la contratación pública es posible siempre que se respeten y se sigan los principios fundamentales fijados en los acuerdos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y en el mencionado Tratado de la Unión Europea.