El pasado 1 de enero entró en vigor en la CAPV el Decreto 181/2008, Reglamento del Régimen Económico-Financiero del Canon del Agua, que establece la obligatoriedad del pago de un canon por el consumo de agua, establecido con el objetivo final de logar un consumo más racional. Este nuevo canon, que ha comenzado a aplicarse a los sectores agropecuario, industrial y comercial y a las instituciones, contempla la posibilidad de obtener una bonificación de hasta un 70% en el consumo de agua industrial para aquellas organizaciones que dispongan de un certificado de gestión ambiental EMAS, ISO 14001 o la Certificación EKOSCAN.
Lograr un uso más racional del consumo de agua ha sido, a lo largo de los últimos años, uno de los objetivos de mejora que se han marcado muchas organizaciones de la CAPV. Concretamente, alrededor de 800 organizaciones EKOSCAN han logrado reducir el consumo y, por tanto el vertido, de más de 748.100 m3de agua.
Con el objetivo de impulsar y seguir trabajando en este sentido surge el concepto del pago por el consumo de agua, que nace de la aplicación de la Ley Vasca de Aguas de 2006. La Agencia Vasca del Agua "URA", adscrita al Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Gobierno Vasco/Eusko Jaurlaritza, es la encargada de su gestión y recaudación.
El mismo Decreto que aprueba la aplicación de este canon prevé la posibilidad de lograr exenciones y/o bonificaciones a las que las empresas pueden acogerse. Entre los consumos de agua con posibilidad de lograr una exención en el pago del canon se contemplan: la reutilización del agua y los consumos anuales inferiores a 50 m3. En el apartado de bonificaciones se ha fijado un 70% de la base imponible en el consumo de agua industrial, siempre y cuando la organización disponga de una certificación de gestión ambiental (Certificado Ekoscan, ISO 14001 y/o Registro EMAS). Estas bonificaciones pueden ascender hasta el 90% si la organización dispone de un Plan de Reducción de los consumos de Agua certificado por URA y un 95% en el uso de aguas pluviales o de escorrentías. El plazo para solicitar las exenciones y/o bonificaciones finaliza el próximo 30 de junio de 2009.
La tasa fijada como canon es de seis céntimos el metro cúbico (0,06 €/m3) y los fondos que se recauden bajo este concepto serán destinados, entre otros conceptos, a mejorar los cauces, su entorno y las técnicas de uso del agua en los sectores afectados. Además, se ha previsto destinar un 5% de lo recaudado a programas de ayudas a países con problemas de abastecimiento y saneamiento del África Subsahariana.
Los hogares vascos, por ahora, quedan exentos del pago de este nuevo tributo ecológico ya que su consumo medio diario no supera los 130 m3 fijados como cantidad a partir de la cual se debe aplicar el canon. De momento las actividades industriales, agropecuarios y comerciales y las instituciones son las que se ven afectadas por este canon, que para 2010 deberá aplicarse en todos los países comunitarios.
Para más información sobre el tema y para disponer de los formularios oficiales para las solicitudes de exención o bonificación, los textos legislativos, etc. puede consultarse la página web de URA.